SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
• SENASA actualiza el control de fitosanitarios en Argentina • Simplificación de trámites y digitalización • Refuerzo en trazabilidad y seguridad ambiental • Adopción de estándares internacionales #Agro #Regulación #Argentina



El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) implementó una profunda actualización en la regulación de productos fitosanitarios en Argentina, a través de la Resolución 458/2025 publicada en el Boletín Oficial. La nueva normativa introduce un régimen integral que simplifica los trámites administrativos, refuerza los controles de trazabilidad y seguridad ambiental, y moderniza los procedimientos técnicos para la autorización, registro, importación y comercialización de estos insumos clave para la producción agrícola.
Según el texto oficial, todos los establecimientos y personas físicas o jurídicas que elaboren, importen o comercialicen productos fitosanitarios deberán presentar una declaración jurada digital, lo que les permitirá iniciar actividades de manera automática, quedando sujetos a fiscalización posterior por parte del SENASA. Además, se crea un Registro Nacional de Productos Fitosanitarios, que será obligatorio y digital, y en el que se incorporarán automáticamente los productos ya inscriptos bajo normativas anteriores.
La resolución también establece protocolos estrictos para la autorización de predios experimentales y la importación de productos en etapas tempranas de desarrollo, así como la adopción del Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (SGA/GHS), en línea con estándares internacionales. "La medida busca acompañar la evolución del sector agrícola con reglas claras, modernas y alineadas con los desafíos actuales de la producción", señalaron desde el organismo.
Entre los puntos destacados, se permite el ingreso de productos fitosanitarios aprobados en países con normativas equivalentes, bajo condiciones controladas y con registros transitorios, mientras se realizan los ensayos de eficacia y seguridad requeridos en el país. SENASA podrá cancelar registros si se detectan riesgos para la salud humana, animal o el ambiente, o si surgen nuevas evidencias científicas.
La actualización normativa responde a la necesidad de reducir la burocracia, mejorar la competitividad del sector y responder a las crecientes exigencias internacionales en materia de inocuidad alimentaria y resguardo ambiental. La medida entra en vigencia a los 90 días de su publicación y abroga resoluciones previas para unificar criterios y procedimientos. Se espera que la digitalización y la simplificación de trámites impacten positivamente en la transparencia y la seguridad del sector, aunque persisten interrogantes sobre la adaptación de las pymes y la velocidad de innovación tecnológica.
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