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2 de septiembre de 2025
Salud
Jujuy

Condenan al Estado nacional, a Jujuy y a dos petroleras por contaminar el Parque Nacional Calilegua

馃敶 La Corte Suprema ordena frenar la explotaci贸n petrolera en el Parque Calilegua (Jujuy) y fija la remediaci贸n ambiental para 2030. Estado y provincia, responsables por da帽o ambiental. #JusticiaAmbiental #Argentina

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La Corte Suprema de Justicia de Argentina emiti贸 un fallo trascendental el 2 de septiembre de 2025, condenando al Estado Nacional, la provincia de Jujuy y dos empresas estatales por la contaminaci贸n ambiental en el Parque Nacional Calilegua. El m谩ximo tribunal orden贸 el cese inmediato de la explotaci贸n petrolera en el yacimiento Caimancito y el pozo Ca.e3, y estableci贸 como fecha l铆mite para la remediaci贸n ambiental el 31 de diciembre de 2030.

El fallo, firmado por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, responsabiliz贸 tanto a la Naci贸n como a la provincia de Jujuy por incumplimientos en sus deberes de fiscalizaci贸n y control ambiental. Seg煤n la Corte, "la continuaci贸n de la explotaci贸n hidrocarbur铆fera resulta manifiestamente ilegal, raz贸n por la cual debe cesar". Se acredit贸 la existencia de da帽o ambiental il铆cito, especialmente tras el colapso del pozo Ca.e3 en 1997, que gener贸 severos da帽os en la zona, incluyendo la contaminaci贸n del arroyo Yuto.

La explotaci贸n petrolera en el 谩rea comenz贸 en 1969, antes de la creaci贸n del Parque Nacional en 1979. En 2014, vecinos de la regi贸n presentaron una acci贸n de amparo colectivo por da帽o ambiental, reclamando la nulidad de la continuidad de la explotaci贸n y la omisi贸n de controles ambientales. El tribunal destac贸 la ilegalidad de la explotaci贸n seg煤n la Ley 26.331 y la Constituci贸n Nacional, y cuestion贸 el plan provincial de remediaci贸n, que propon铆a plazos hasta 2049, consider谩ndolos "irrazonables" y desproporcionados.

La Corte fij贸 como fecha l铆mite el 31 de diciembre de 2030 para la ejecuci贸n completa de las obras de recomposici贸n ambiental, bajo los requisitos t茅cnicos y legales de la Secretar铆a de Energ铆a de la Naci贸n y la Administraci贸n de Parques Nacionales. El fallo no extendi贸 la condena a YPF, Pluspetrol ni a la Municipalidad de Yuto, al no acreditarse su responsabilidad directa sobre el pozo cuestionado.

El Parque Nacional Calilegua, de 76.306 hect谩reas, integra la Reserva de Bi贸sfera de las Yungas, reconocida por la Unesco, y alberga especies de alto valor de conservaci贸n. El caso se vincula con compromisos internacionales asumidos por Argentina en materia ambiental, como la Agenda 2030 y el Acuerdo de Par铆s. La Corte enfatiz贸 la importancia de proteger el ambiente para las generaciones futuras y la prioridad de la conservaci贸n sobre intereses econ贸micos, reforzando el derecho constitucional a un ambiente sano y la obligaci贸n de recomponer los da帽os ambientales.

Fuentes

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