A 20 años del final del caso Cigarreta la Corte falla a favor de Mirtha Legrand
• La Corte Suprema falló a favor de Mirtha Legrand en el caso Cigarreta • Se reafirma la libertad de expresión en medios ante demandas civiles • El fallo sienta precedente para debates públicos sensibles en TV 🇦🇷⚖️



La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó de manera definitiva la demanda civil presentada contra la conductora televisiva Mirtha Legrand y su programa, en el marco del conocido caso Cigarreta. El fallo, que refuerza la protección a la libertad de expresión en los medios, se apoya en los estándares de la doctrina de la "real malicia" y la jurisprudencia "Campillay", priorizando el interés público y el debate robusto sobre la posible afectación al honor de los involucrados.
El caso se remonta a 1997, cuando la familia de Rocío Cigarreta denunció la presunta desaparición de su hija recién nacida en una clínica de Mar del Plata. La cobertura mediática, especialmente en el programa de Mirtha Legrand, incluyó la difusión de diversas hipótesis, algunas de las cuales vinculaban a funcionarios y profesionales con una supuesta red de tráfico de niños. Los padres de la menor, Mabel Behal y Oscar Banchio, alegaron que la exposición pública y la difusión de datos personales y familiares les causaron un daño moral significativo.
En primera instancia, la Justicia dio lugar al reclamo, pero la Sala M de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil revocó la sentencia, argumentando que la cobertura periodística estaba amparada por la libertad de expresión y que no se había demostrado "real malicia" por parte de la conductora o el medio. El dictamen de la Procuración General, al que adhirió la Corte, subrayó que el programa permitió la exposición de diferentes versiones y opiniones, sin construir una narrativa parcial o falsa.
El fallo de la Corte Suprema, firmado por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, sostiene que "los dichos de los entrevistados, las preguntas y comentarios de la conductora y el modo en que fueron dispuestas las entrevistas por la producción no excedieron el legítimo interés social que ampara la libertad de expresión". Además, se consideró que la difusión de ciertos datos familiares no constituyó una intromisión ilegítima en la intimidad, dada la relevancia pública del caso.
Este pronunciamiento se suma a una serie de fallos recientes que consolidan la protección constitucional de la prensa y el periodismo en Argentina, especialmente en temas de alto interés social. El caso Cigarreta, que durante años mantuvo en vilo a la opinión pública, es ahora también un hito en la jurisprudencia sobre los límites y alcances de la libertad de expresión en el país.
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