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5 de mayo de 2025
Politica
Salta

Jubilaciones: la Justicia volvió a fallar contra la ley de movilidad de 2020 y ordenó un reajuste de haberes

📢 La Cámara de Salta declaró inconstitucional la ley de movilidad jubilatoria 27.609. Ordenan recalcular haberes por pérdida del 42% del poder adquisitivo. Este fallo podría abrir la puerta a más litigios similares. #Jubilaciones #Argentina

La Cámara Federal de Apelaciones de Salta declaró inconstitucional la ley 27.609, que establecía la fórmula de movilidad jubilatoria implementada durante el gobierno de Alberto Fernández. Este fallo, emitido en el caso "Palavecino, José Rubén c/ ANSES", determinó que la aplicación de dicha fórmula entre 2021 y 2023 generó una pérdida del 42% en el poder adquisitivo del jubilado, vulnerando su derecho a una jubilación digna consagrado en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.

El tribunal ordenó a la ANSES recalcular los haberes de Palavecino utilizando un índice mixto que combina en partes iguales la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y el índice salarial RIPTE. Además, dispuso la eliminación del tope de haberes máximos vigente, considerándolo arbitrario en este contexto. Según el abogado Adrián Tróccoli, esta metodología ya había sido adoptada en fallos previos de las cámaras de Mendoza y Mar del Plata, que también cuestionaron la constitucionalidad de la ley 27.609.

La normativa, que vinculaba los aumentos jubilatorios a la evolución de los salarios y la recaudación, fue derogada en 2024 mediante el Decreto 274/2024 firmado por el presidente Javier Milei. Este decreto estableció una nueva fórmula de movilidad mensual basada exclusivamente en el IPC, reconociendo las deficiencias del esquema anterior.

El fallo de Salta se suma a una serie de resoluciones judiciales que critican la insuficiencia de la fórmula de movilidad jubilatoria para garantizar haberes móviles y actualizados. En 2024, la Cámara Federal de Mendoza falló en el caso "Cortés, Leonardo Evaristo c/ ANSES", señalando que la fórmula implementada en 2021 no protegía adecuadamente a los jubilados frente a la inflación. De manera similar, en 2025, la Cámara Federal de Mar del Plata resolvió en el caso "Giménez, Mirta Noemía c/ ANSES" que la movilidad aplicada bajo la ley cuestionada había significado una pérdida del 50,3% en el poder adquisitivo de los haberes previsionales.

Aunque estos fallos tienen efectos individuales, podrían desencadenar una ola de litigios similares. Abogados previsionalistas ya están recomendando a sus clientes iniciar acciones judiciales para solicitar la aplicación de fórmulas más beneficiosas y el reintegro de los montos perdidos. "Este fallo tiene dos cuestiones fundamentales. La más importante es que marca una tendencia; los fallos llegan fundados a la Corte con un sólido criterio en contra de la insuficiente movilidad jubilatoria. Y en segundo lugar, la Cámara de Salta refuta la posibilidad de utilizar el índice salarial del Indec, que había sido aplicado en 2007", explicó Tróccoli.

En un contexto de alta inflación, la protección del poder adquisitivo de los jubilados sigue siendo un tema central en el debate público y judicial en Argentina. La resolución de estos casos podría tener implicaciones significativas para el sistema previsional y las políticas económicas futuras.

Fuentes

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