La Justicia rosarina le prohibió a un hombre alquilar su departamento de forma temporaria y reavivó la polé...
🔎 La Justicia de Rosario prohibió a un hombre alquilar su departamento de forma temporaria. El fallo prioriza la convivencia y el destino residencial, reavivando el debate sobre alquileres breves en edificios. #Rosario #Justicia #Alquileres


Un reciente fallo judicial en Rosario ha reavivado la polémica sobre los alquileres temporarios en edificios de propiedad horizontal. La resolución, dictada por el juez en lo Civil y Comercial Luciano Juárez, prohibió a un propietario de un departamento ubicado en Alem al 1900, barrio República de la Sexta, alquilar su unidad de forma temporaria. El fundamento principal del fallo radica en el reglamento de copropiedad del edificio, que establece que las unidades deben destinarse exclusivamente a vivienda familiar, prohibiendo expresamente el uso comercial y el arrendamiento por períodos breves.
El propietario, un jubilado que buscaba obtener ingresos adicionales para afrontar sus gastos, presentó una medida autosatisfactiva contra el consorcio del edificio. Alegó que su actividad era lícita, segura y discreta, y que nunca generó molestias ni situaciones de inseguridad para los vecinos. Sin embargo, el consorcio, representado por los abogados María Elina Zivkovich y Paulo Di Sciascio, argumentó que el alquiler temporario implica una explotación comercial incompatible con el destino residencial de las unidades y que puede afectar la convivencia y seguridad del edificio.
En su fallo, el juez Juárez remarcó que "el Reglamento de Copropiedad fija las condiciones en el régimen especial de la Propiedad Horizontal. Regula las relaciones entre los copropietarios, estableciendo sus derechos, obligaciones y limitaciones destinadas a instaurar un régimen de convivencia y armonía". Además, subrayó que "la actividad de alquiler temporario es una explotación de índole comercial, incompatible con el destino exclusivo de vivienda familiar". El magistrado enfatizó la importancia de la tolerancia y la colaboración entre vecinos, señalando que la vida en propiedad horizontal requiere un permanente renunciamiento a gustos y deseos individuales para mantener la armonía.
Este caso se inscribe en un contexto de crecimiento de los alquileres temporarios a través de plataformas como Airbnb y Booking, que han generado conflictos similares en otras ciudades argentinas. Si bien esta modalidad representa una fuente de ingresos para muchos propietarios, también ha suscitado preocupación entre los consorcios por el movimiento constante de personas ajenas y las dificultades para preservar la convivencia. El fallo de Rosario se suma a otros precedentes judiciales que priorizan la función residencial y la tranquilidad de los edificios, marcando un límite a la explotación comercial de las unidades en propiedad horizontal.
Las reacciones han sido diversas: el propietario denunció hostigamiento y una interpretación abusiva del reglamento, mientras que el consorcio sostiene que la medida protege la seguridad y tranquilidad de los residentes. El debate sobre los alquileres temporarios continúa abierto, con implicaciones legales y sociales que podrían influir en futuras regulaciones y decisiones judiciales.
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