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22 de diciembre de 2025
Politica
Ciudad de Buenos Aires

UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA

• La UIF implementó un nuevo régimen para el intercambio de información entre organismos financieros y sus pares extranjeros. • Busca prevenir lavado de activos, financiamiento del terrorismo y armas de destrucción masiva. • Entra en vigencia en 90 días.

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La Unidad de Información Financiera (UIF) de Argentina implementó un nuevo régimen para el intercambio de información entre los principales organismos de control financiero del país y sus pares extranjeros, con el objetivo de reforzar la prevención y detección de delitos como el lavado de activos, la financiación del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva. La medida, formalizada mediante la Resolución 233/2025 y publicada en el Boletín Oficial, entrará en vigencia dentro de 90 días.

El nuevo marco normativo establece procedimientos claros y obligatorios para el Banco Central, la Comisión Nacional de Valores, la Superintendencia de Seguros de la Nación y el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social. Estos organismos deberán intercambiar información relevante sobre operaciones sospechosas en sus respectivos ámbitos de competencia, utilizando canales electrónicos seguros y notificando a la UIF sobre cada intercambio, detallando el motivo, el contenido y el nivel de urgencia.

La resolución también regula el intercambio de información con organismos similares de otros países, replicando los procedimientos nacionales y exigiendo que toda comunicación se realice por medios electrónicos seguros. Además, la UIF llevará un registro detallado de todos los requerimientos y respuestas, alimentando su base de datos y matriz de riesgo, lo que permitirá iniciar investigaciones o formular denuncias penales cuando corresponda.

Uno de los aspectos centrales de la normativa es la garantía de confidencialidad y uso restringido de la información, en línea con lo dispuesto por la Ley 25.246. La violación de este deber puede ser penada con prisión de seis meses a tres años. La resolución deroga la normativa anterior, vigente desde 2013, y ratifica la posibilidad de celebrar acuerdos y memorandos de entendimiento entre los organismos, siempre que se respete la confidencialidad.

La medida responde a la presión internacional y a las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI/FATF), así como a los resultados de la última Evaluación Mutua. Con este nuevo régimen, la UIF busca fortalecer la cooperación interinstitucional e internacional y mejorar la capacidad de detección y respuesta ante delitos financieros complejos.

Fuentes

Boletinoficial

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Análisis de Fuentes

Comparación entre las fuentes de información utilizadas para este análisis en diferentes dimensiones.

Objetividad
Evalúa la imparcialidad y neutralidad en la presentación de los hechos.
Profundidad
Mide el nivel de detalle y explicación sobre el nuevo régimen y su contexto.
Claridad
Valora la facilidad de comprensión y la estructura de la información.
Contexto histórico
Considera si la fuente aporta antecedentes y conexiones con normativas previas o internacionales.
Perspectivas presentadas
Analiza si la fuente incluye diferentes puntos de vista o reacciones de actores relevantes.