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7 de julio de 2025
Politica
Buenos Aires

La Justicia anuló la absolución de un hombre por abuso sexual y determinó que la pasividad de la víctima no implica consentimiento

- La Cámara de Casación revocó la absolución de un hombre por abuso sexual en Balvanera. - El fallo aclara: el silencio o la parálisis de la víctima NO implican consentimiento. - Se fija un precedente clave en violencia de género en Argentina.

La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal revocó la absolución de Federico Benítez y lo condenó por abuso sexual con acceso carnal, en un fallo que establece un precedente clave sobre la interpretación del consentimiento en casos de violencia de género. El hecho ocurrió el 9 de febrero de 2019, cuando una adolescente de 16 años fue abordada por Benítez a la salida de un boliche en el barrio porteño de Balvanera. A pesar de que la joven expresó reiteradas veces su negativa, el agresor la llevó a su auto, trabó las puertas y abusó sexualmente de ella.

En primera instancia, el juez Juan Facundo Giudice Bravo absolvió a Benítez, argumentando que la actitud pasiva de la víctima y la ausencia de una negativa explícita no demostraban falta de reciprocidad. Sin embargo, la fiscalía y la querella apelaron la decisión, señalando que el contexto era claramente coercitivo y que la parálisis de la víctima respondía al miedo y no a la falta de voluntad.

La Sala 2 de la Cámara de Casación, integrada por los jueces Daniel Morin y Horacio Días, consideró que el consentimiento no puede inferirse del silencio, la falta de resistencia o la parálisis de la víctima. "La situación de silencio y parálisis obedeció a un marco coercitivo propiciado únicamente por el accionar del acusado", sostuvo el tribunal. Además, enfatizó que la responsabilidad de asegurarse del consentimiento recae en el acusado y no en la víctima.

El fallo fue celebrado por la fiscalía y organizaciones de derechos de las mujeres, que lo consideran un avance en la lucha contra la violencia de género y una respuesta a las obligaciones internacionales asumidas por Argentina. La causa fue remitida al tribunal oral de origen para que, tras una audiencia entre las partes, se fije la pena correspondiente. Este caso sienta un precedente relevante para la interpretación judicial del consentimiento en situaciones de abuso sexual y refuerza la protección de las víctimas en el sistema judicial argentino.

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