Un hombre salió desnudo en Street View y Google deberá indemnizarlo por más de 16 millones de pesos
• Google deberá indemnizar con más de $16 millones a un hombre de Bragado por publicar su imagen desnuda en Street View. • El fallo marca un precedente sobre privacidad y responsabilidad digital en Argentina. 🇦🇷🔒



La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de Argentina dictó un fallo histórico que obliga a Google a indemnizar con más de 16 millones de pesos a un hombre de Bragado, provincia de Buenos Aires, cuya imagen desnuda fue capturada y publicada por la plataforma Street View en 2017. El caso, que comenzó cuando el afectado descubrió la imagen en un noticiero local, generó un intenso debate sobre los límites de la privacidad y la responsabilidad de las empresas tecnológicas.
El hombre, miembro de la policía local, fue fotografiado de espaldas y desnudo en el patio de su casa, detrás de una medianera de más de dos metros. Aunque la imagen fue tomada desde la vía pública y el rostro no era visible, la dirección de la vivienda permitía identificarlo, lo que derivó en burlas y afectaciones a su vida personal y profesional. Tras la viralización de la imagen en medios y redes sociales, el afectado inició una demanda contra Google y los medios que difundieron la foto, reclamando daños morales y laborales.
En primera instancia, el juez Eduardo Caruso rechazó la demanda, argumentando que el daño fue consecuencia de la conducta del propio demandante y que la imagen no permitía identificarlo claramente. Sin embargo, la Sala H de la Cámara de Apelaciones, integrada por los jueces José Benito Fajre, Liliana Abreut de Begher y Claudio Kiper, revocó el fallo y consideró que la actividad de [Google Street View](/entities/entity_1750372857739_890) es riesgosa y que la empresa no adoptó las medidas necesarias para evitar el daño. El tribunal ordenó la eliminación de la imagen y estableció una multa de 100 mil pesos por cada día que siguiera publicada.
Google defendió sus políticas de privacidad, señalando que difumina automáticamente rostros y patentes, y que ofrece herramientas para solicitar el borrado de imágenes. No obstante, la Justicia consideró que estas medidas fueron insuficientes, ya que la identificación era posible por el contexto y la numeración visible en la imagen. El fallo destaca la tensión entre el derecho a la información y la protección de la vida privada, y podría sentar precedente para futuros reclamos por violaciones a la intimidad en servicios digitales.
Especialistas en derechos digitales subrayan la importancia de resguardar la privacidad frente a la exposición involuntaria en plataformas tecnológicas, y advierten sobre la responsabilidad objetiva de las empresas ante daños derivados de sus actividades. El caso de Bragado reabre el debate sobre los límites de la tecnología y la protección de los derechos personalísimos en la era digital.
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