Una aerolínea canceló vuelos tras advertir que habían sido vendidos a un precio irrisorio por error: la Justicia ordenó indemnizar a los pasajeros
• Justicia argentina ordena a aerolínea indemnizar a pasajeros por cancelar pasajes vendidos a precio promocional alegando "error". • Se confirma entrega de boletos y pago por daño moral. • Fuerte precedente para consumidores. ✈️⚖️



La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó una sentencia que obliga a una aerolínea internacional a entregar tres pasajes aéreos y a indemnizar a dos pasajeros argentinos, luego de que la empresa cancelara boletos adquiridos a un precio promocional alegando un error en la tarifa. El fallo, firmado por los jueces de la Sala D, establece un precedente relevante sobre la validez de las ofertas publicitarias y los límites para alegar errores en precios publicados digitalmente.
El caso se originó en octubre de 2022, cuando un hombre y una mujer compraron tres pasajes entre Río de Janeiro y París, con escala en Madrid, a través de una agencia online. Tras el pago de más de 104.000 pesos argentinos y la emisión de los vouchers, la aerolínea canceló la reserva, argumentando que el precio abonado era solo una décima parte del valor real. La empresa devolvió el dinero veinte días después, pero los pasajeros, insatisfechos, iniciaron una demanda judicial por incumplimiento de contrato y daño moral.
En primera instancia, la Justicia desestimó la defensa de la aerolínea, que alegaba un error evidente en la oferta. El tribunal sostuvo que, según la legislación argentina de defensa del consumidor, la oferta pública obliga a quien la emite, salvo excepciones no acreditadas en este caso. Se ordenó a la empresa entregar tres pasajes abiertos por un año y abonar 100.000 pesos a cada demandante por daño moral, con intereses. La pretensión de daño punitivo fue rechazada y las costas del proceso impuestas a la aerolínea.
La compañía apeló, insistiendo en la inexistencia de obligación contractual y en la desproporción del precio. Sin embargo, la Cámara consideró que no se probó que los compradores pudieran advertir el supuesto error, dada la diversidad de precios y promociones en el sector. Además, la empresa no acreditó fehacientemente el valor real del trayecto ni la desproporción alegada.
El tribunal también aclaró que los impuestos y tasas forman parte del precio habitual, salvo que alguno deje de aplicarse al momento de la emisión. Respecto al daño moral, los jueces consideraron que la frustración del viaje genera un padecimiento indemnizable, aun si el traslado no se concretó. La Cámara confirmó la indemnización y rechazó la limitación de responsabilidad invocada por la aerolínea.
La decisión refuerza la protección de los consumidores frente a cancelaciones por supuestos errores en precios y subraya la obligación de las empresas de cumplir con las ofertas publicitadas, sentando un precedente para casos similares en el futuro.
Entidades Mencionadas
Artículos Relacionados

Javier Milei analiza viajar a los Estados Unidos para el 4 de julio: las opciones que maneja el Gobierno
11 de abril de 2026

Javier Milei promete fotos con los gobernadores para contener el drama de las provincias
11 de abril de 2026

Susbielles conformó un gabinete especial para proyectar el bicentenario de Bahía
11 de abril de 2026