Revocaron el fallo que le impedía al Gobierno empezar a administrar bienes incautados en causas penales
• La Cámara Federal de Casación Penal revocó la nulidad del DNU 575/25 • El Gobierno podrá administrar bienes incautados en causas penales • La medida sigue suspendida por una cautelar judicial #Justicia #Argentina

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal revocó este lunes la resolución que había declarado inconstitucional el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 575/25, el cual transfiere al Ministerio de Justicia la administración de bienes incautados en causas penales. Esta decisión permite al Gobierno avanzar en la implementación del régimen de conservación, administración y disposición de bienes provenientes de actividades ilícitas, aunque la aplicación del decreto sigue suspendida por una medida cautelar.
El fallo, firmado por los jueces Mariano Hernán Borinsky y Javier Carbajo, consideró que la declaración de inconstitucionalidad previa fue "prematura e impropia". Según argumentó el juez Borinsky, "no estaba acreditado que los recaudos previstos por el DNU 575/25 se encontraran satisfechos al momento en que el juez de primera instancia declaró la inconstitucionalidad". Además, destacó que la vigencia de una medida cautelar dictada por la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal, a pedido de la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación, mantiene suspendida la aplicación del decreto y sus normas derivadas hasta que se dicte una sentencia definitiva.
El Estado Nacional y el Ministerio Público Fiscal habían apelado la decisión de la Cámara en lo Penal Económico, que en diciembre de 2025 había declarado nulo el DNU por considerar que no existía una urgencia excepcional que justificara su dictado. El Gobierno argumentó que la declaración de inconstitucionalidad se basó en una errónea aplicación del decreto, ya que no se había cumplido el procedimiento previsto para la cesión efectiva de la administración de los bienes.
La Sala IV de la Casación sostuvo que, dado el alcance de la medida cautelar vigente, no era posible afirmar que la aplicación del DNU fuera inminente ni que existiera una actividad actual sustentada en el decreto. En este sentido, el tribunal recordó la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, según la cual los jueces no deben hacer declaraciones generales o abstractas sobre normas que no son operativas ni aplicables al caso concreto.
El debate sobre la administración de bienes incautados en causas penales continúa abierto, a la espera de una resolución judicial definitiva que determine la validez y aplicación del DNU 575/25.
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