Trasladan el asueto por el Día del Empleado de Comercio
• El Día del Empleado de Comercio 2025 se traslada al lunes 29 de septiembre 🗓️ • Los trabajadores podrán optar por no trabajar sin perder salario • Comercios pueden abrir, pero el trabajo es voluntario y con pago doble



El Día del Empleado de Comercio, tradicionalmente celebrado el 26 de septiembre, será trasladado en 2025 al lunes 29 de septiembre, según un acuerdo alcanzado entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y las principales cámaras empresarias del sector. La decisión, formalizada el 27 de agosto y presentada ante la Secretaría de Trabajo para su homologación, busca facilitar la organización de la jornada y garantizar el reconocimiento de más de un millón de trabajadores mercantiles en todo el país.
De acuerdo con la Ley 26.541, sancionada en 2009, la jornada mantiene todos los alcances legales de un feriado nacional. Esto significa que los empleados de comercio podrán optar por no trabajar ese día sin perder su remuneración habitual, o bien prestar servicios de manera voluntaria, en cuyo caso recibirán un recargo del 100% sobre su salario ordinario. "La medida garantiza que la celebración se cumpla con todos los derechos reconocidos, sin afectar la apertura de los comercios y manteniendo el marco de protección laboral", señalaron desde FAECYS.
El acuerdo establece que no corresponde otorgar un descanso compensatorio adicional, ya que la jornada tiene carácter de feriado y no de franco. Los comercios podrán abrir sus puertas siempre que sean atendidos por sus dueños o por empleados que acepten voluntariamente trabajar, cumpliendo con el esquema de pago previsto por la Ley de Contrato de Trabajo.
La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) remarcó que el traslado de la fecha responde a un consenso entre empresarios y sindicatos, orientado a dar previsibilidad a la actividad comercial y asegurar que los trabajadores mantengan íntegramente los derechos reconocidos por la normativa vigente. "La posición a adoptar al respecto debe decidirse entre ambas partes, siempre acorde a lo reglamentado en el convenio de comercio", indicó la CAC en su comunicación oficial.
El Día del Empleado de Comercio constituye una de las conmemoraciones más importantes del sector, que agrupa a más de un millón de trabajadores bajo el Convenio Colectivo de Trabajo N° 130/75. El traslado de la fecha, que ya se ha realizado en años anteriores, permite al sector comercial planificar la actividad y a los trabajadores organizar su descanso o su jornada laboral con anticipación. La medida fue bien recibida tanto por sindicatos como por empleadores, quienes destacaron la importancia de mantener el equilibrio entre la protección de los derechos laborales y la continuidad de la actividad comercial.
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