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21 de diciembre de 2025
Politica
Ciudad de Buenos Aires

Avalan el despido de un empleado de mantenimiento tras el hallazgo de una caja de herramientas en un hotel porteño

• Juez avala despido de empleado de hotel en Buenos Aires por ocultar caja de herramientas • Pruebas fílmicas y testimonios fueron clave • Se ordena pago de diferencias salariales y entrega de certificados laborales #Justicia #Trabajo #Argentina

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Un reciente fallo del Juzgado Nacional de primera instancia del Trabajo n.° 16 avaló el despido de un empleado de mantenimiento de un hotel en la Ciudad de Buenos Aires, tras el hallazgo de una caja de herramientas oculta, propiedad de un proveedor externo. El caso, que se remonta al 16 de noviembre de 2017, fue esclarecido mediante imágenes de cámaras de seguridad y testimonios de otros empleados, quienes confirmaron que el trabajador retiró el objeto del gimnasio y lo escondió en la terraza del establecimiento.

Durante la investigación interna, el empleado negó inicialmente haber tenido contacto con la caja, pero posteriormente reconoció el hecho, alegando que se trató de una "broma". La empresa consideró que el episodio representaba una "grave pérdida de confianza", motivo por el cual decidió el despido inmediato y puso a disposición la liquidación final y los certificados laborales.

El trabajador inició acciones judiciales, reclamando indemnización por despido sin causa, multas y recargos previstos por la legislación laboral, además de la entrega de certificados exigidos por ley. Sin embargo, la sentencia determinó que el empleador acreditó razones objetivas para la desvinculación y que la conducta del empleado era incompatible con la buena fe y fidelidad laboral, aunque el objeto nunca salió del hotel ni causó daño económico concreto.

El juez desestimó la demanda por despido sin causa y los recargos legales, atribuyendo plena licitud al despido fundado en injuria. No obstante, reconoció diferencias en el cálculo del adicional de antigüedad y pagos proporcionales de salario, aguinaldo y vacaciones no gozadas, ordenando el pago de una suma neta de $46.250,46 más intereses acumulados. Además, el empleador deberá entregar certificados actualizados respecto de servicios y aportes, bajo apercibimiento de multa diaria en caso de incumplimiento.

La sentencia también dispuso la distribución de las costas del juicio en un 80% para el trabajador y 20% para la empresa, en función de la proporción entre el monto reconocido y lo originalmente reclamado. El fallo se fundamentó en la Ley de Contrato de Trabajo y en la validez de las pruebas fílmicas y testimoniales, estableciendo un precedente sobre la importancia de la confianza y la buena fe en las relaciones laborales. El caso refleja la relevancia de la evidencia objetiva en la resolución de conflictos laborales y la necesidad de procedimientos formales para garantizar los derechos de ambas partes.