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10 de junio de 2025
Salud
Bariloche

Una alumna se lastimó el talón durante su viaje de egresados en Bariloche y recibirá una millonaria indemnización

• Justicia ordena millonaria indemnización a joven platense accidentada en viaje de egresados en Bariloche • Empresas responsables por incumplir deber de seguridad • El fallo sienta precedente en defensa del consumidor #Bariloche #Justicia

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Una joven oriunda de La Plata recibirá una millonaria indemnización tras sufrir una grave lesión durante su viaje de egresados en Bariloche, según confirmó la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial. El accidente ocurrió el 3 de agosto de 2017, cuando la adolescente se encontraba practicando "culipatín" en la base del Cerro Catedral y su pie izquierdo impactó contra una piedra, provocándole una fractura de calcáneo.

La joven fue atendida inicialmente en el Centro Médico Catedral, bajo la cobertura de Universal Assistance, donde se le diagnosticó un esguince. Sin embargo, una segunda consulta en Bariloche y una tercera en La Plata confirmaron la fractura, lo que requirió una intervención quirúrgica. La familia inició una demanda por daños y perjuicios contra las empresas Travel Rock, Catedral Alta Patagonia, Universal Assistance y sus aseguradoras, reclamando una indemnización de $6.818.865.

Las empresas involucradas negaron su responsabilidad, argumentando que la joven no respetó las normas de seguridad y omitió el uso de elementos de protección. Universal Assistance alegó que solo prestaba servicios médicos y que el diagnóstico erróneo fue realizado por un profesional externo. No obstante, la Justicia desestimó estos argumentos y determinó que no se probó culpa de la víctima ni negligencia en el uso del trineo.

El fallo, basado en la Ley de Defensa del Consumidor, estableció que las empresas incumplieron con el deber de seguridad y protección de la salud. La Cámara ratificó la condena en primera instancia y elevó algunos rubros indemnizatorios, reconociendo una indemnización total que supera los $6.800.000, incluyendo incapacidad sobreviniente, daño moral, daño estético y gastos médicos.

Este caso pone en relieve la necesidad de reforzar la seguridad en actividades recreativas durante los viajes estudiantiles y sienta un precedente en la protección de los derechos de los consumidores. La sentencia enfatiza la obligación objetiva de los organizadores de viajes de garantizar la integridad física de los participantes, especialmente en destinos turísticos como Bariloche, donde miles de jóvenes celebran el fin de su etapa escolar cada año.

Fuentes

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