Cura Ilarraz, condenado por abuso de menores: la Corte Suprema lo sobreseyó por prescripción
• La Corte Suprema sobreseyó al exsacerdote Justo José Ilarraz, condenado por abuso de menores, por prescripción de la causa. • El fallo genera debate sobre la imprescriptibilidad de delitos sexuales contra menores. #Justicia #Argentina



La Corte Suprema de Justicia de la Nación sobreseyó al exsacerdote Justo José Ilarraz, quien había sido condenado a 25 años de prisión por abuso sexual y corrupción de menores en el Seminario Arquidiocesano de Paraná, Entre Ríos. El máximo tribunal consideró que los delitos, cometidos entre 1985 y 1993, habían prescripto al momento de la denuncia penal formalizada en 2012, por lo que la acción penal quedó extinguida.
El fallo, firmado por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, revocó la sentencia del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, que había considerado imprescriptibles los delitos por la gravedad de los hechos y la obligación estatal de proteger los derechos del niño. Sin embargo, la Corte Suprema sostuvo que la imprescriptibilidad debe estar prevista por ley y que no puede aplicarse retroactivamente, rechazando además la equiparación de estos delitos con crímenes de lesa humanidad.
Según la investigación judicial, Ilarraz abusó de al menos siete menores de entre 12 y 15 años, quienes eran seminaristas bajo su tutela. Las primeras denuncias internas en la Iglesia datan de 1994, pero la causa penal se inició recién en 2012, cuando el caso tomó notoriedad pública. El Papa Francisco expulsó a Ilarraz de la Iglesia en diciembre de 2024, tras un proceso canónico.
El fallo de la Corte Suprema generó un fuerte debate social y jurídico sobre los límites de la prescripción en delitos sexuales contra menores y la protección de los derechos de las víctimas. Organizaciones de víctimas y sectores sociales manifestaron su rechazo a la decisión, mientras que el tribunal argumentó que "los hechos son aberrantes, pero no pueden excluirse de las reglas generales de prescripción". La resolución sienta un precedente para otros casos similares ocurridos antes de las reformas legales de 2011 y 2015, que establecieron la imprescriptibilidad de estos delitos, pero no de manera retroactiva.
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