La Cámara de Casación Penal ordenó aplicar de forma retroactiva la ley de Inocencia Fiscal en causas por evasión
• La Cámara de Casación Penal aplicó retroactivamente la Ley de Inocencia Fiscal en causas de evasión. • Se sobreseyó a un empresario por montos inferiores a los nuevos mínimos legales. • El fallo podría impactar en otros casos similares. #Justicia #Economía


La Cámara Federal de Casación Penal resolvió por unanimidad aplicar de manera retroactiva la Ley de Inocencia Fiscal en causas de evasión tributaria, beneficiando a imputados cuyos montos no superan los nuevos umbrales legales. El fallo, dictado por la Sala IV e integrado por los jueces Javier Carbajo, Gustavo Hornos y Mariano Borinsky, sobreseyó al responsable de la empresa Recolección y Limpieza Ambiental S.A. en una causa por presunta evasión del Impuesto a las Ganancias e IVA, al considerar que los importes atribuidos quedaron por debajo de los nuevos mínimos establecidos por la ley 27.799.
La normativa, vigente desde enero de 2026, elevó a $100 millones el monto mínimo para que exista evasión tributaria simple y a $1.000 millones para la evasión agravada. En este caso, los montos investigados —$1.998.088,45 en Ganancias y $16.057.106 y $17.477.853,75 en IVA— no alcanzan esos umbrales, por lo que la conducta imputada dejó de tener relevancia penal. El tribunal revocó así una decisión previa de la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, que había confirmado la continuidad del proceso.
La defensa del empresario apeló tras la sanción de la nueva norma, solicitando el sobreseimiento por aplicación de la ley penal más benigna, principio consagrado en el artículo 2 del Código Penal. Los jueces citaron precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, como los casos "Palero", "Vidal" y "Caravetta", que avalan la aplicación retroactiva de la ley más favorable en materia tributaria.
El fallo también tuvo en cuenta la postura de ARCA, parte querellante, que no se opuso a la extinción de la acción penal. Además, se mencionó el decreto 93/2026, que reglamenta la ley y respalda la aplicación de los nuevos parámetros a hechos anteriores.
Esta decisión podría tener impacto en otras causas similares, acelerando el cierre de expedientes por montos inferiores a los nuevos mínimos legales. El cambio normativo busca evitar la criminalización de incumplimientos de baja significación económica y concentrar la persecución penal en casos de mayor gravedad, en línea con una nueva etapa de la política fiscal argentina.
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