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10 de marzo de 2026
Salud
La Plata

Intentó reclinar el asiento del micro y perdió parte de un dedo: la empresa deberá pagar por las secuelas

• Un pasajero perdió parte de un dedo al reclinar un asiento en un micro en La Plata (2015) • La Justicia ordenó indemnización de $2.5 millones • Se redujo el monto por daño moral tras apelación #Justicia #Seguridad #LaPlata

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Un insólito accidente ocurrido en junio de 2015 durante un viaje en colectivo en la ciudad de La Plata derivó en una resolución judicial que ordena una indemnización millonaria para la víctima. El hecho tuvo como protagonista a un joven psicólogo de 27 años, quien perdió la falange distal de su dedo anular izquierdo al intentar reclinar el asiento de la unidad, cuyo mecanismo presentó una falla.

Tras el accidente, el pasajero recibió atención médica inmediata y fue sometido a una cirugía reconstructiva. Los informes médicos determinaron que la lesión le provocó una incapacidad parcial y permanente del 1%. El joven, que realizaba una residencia profesional en un hospital local, enfrentó dificultades transitorias en sus actividades laborales, especialmente en tareas de escritura y uso de teclados.

El caso fue llevado a la Justicia, donde el Juzgado en lo Civil y Comercial N°16 de La Plata responsabilizó tanto a la empresa de transporte como a la aseguradora, en base al régimen de responsabilidad objetiva que obliga a los transportistas a garantizar la seguridad de sus pasajeros. En primera instancia, el tribunal fijó una indemnización de $1.500.000 por daño físico y $2.000.000 por daño moral, ambos montos actualizados y sujetos a intereses.

Sin embargo, la sentencia fue apelada por la empresa y la aseguradora, quienes consideraron excesivo el monto por daño moral, argumentando que la lesión no tuvo consecuencias significativas en la vida personal ni profesional del demandante. La Cámara Primera de Apelación en lo Civil y Comercial de La Plata revisó el caso y, si bien confirmó la responsabilidad de los condenados y la suma por daño físico, decidió reducir el monto por daño moral a $1.000.000, considerando que la compensación debía ser proporcional a la magnitud de la lesión y las secuelas comprobadas.

El fallo final ordena a la empresa de transporte y a la aseguradora pagar un total de $2.500.000 más intereses al pasajero. La resolución destaca la importancia de la valoración judicial de las pruebas periciales y testimoniales en demandas por accidentes de transporte, así como la necesidad de ajustar los montos indemnizatorios a la realidad de cada caso. El proceso concluyó con la confirmación de la condena, sentando un precedente sobre la cuantificación del daño moral en casos de incapacidad física reducida.

Fuentes

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