Impuesto País: el nuevo trámite que levanta una traba polémica
• ARCA implementa un nuevo régimen para que importadores recuperen saldos a favor del Impuesto PAIS. • El crédito fiscal solo podrá usarse para derechos de importación, no es transferible ni en efectivo. • Plazos y cuotas según el monto. #Economía 🇦🇷



La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó un nuevo procedimiento para la devolución de pagos a cuenta no computados del Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS) en operaciones de importación. La medida, formalizada mediante la Resolución General 5720/2025 y publicada este lunes en el Boletín Oficial, busca dar respuesta a la acumulación de saldos a favor de importadores que, por cambios normativos o restricciones en el acceso al mercado oficial de cambios, no pudieron utilizar los anticipos realizados por este tributo.
El nuevo régimen establece que los importadores podrán inscribirse en un registro específico entre el 8 de julio y el 22 de agosto de 2025, presentando una declaración jurada digital. Si la información es validada, se generará un crédito fiscal en el Sistema Informático MALVINA (SIM), utilizable exclusivamente para la cancelación de derechos de importación. El crédito no será transferible ni se devolverá en efectivo.
El esquema de devolución contempla cuotas mensuales automáticas, cuyo número varía según el monto del saldo a favor: una cuota para montos de hasta $4 millones, seis cuotas para montos de hasta $10 millones, doce cuotas para montos de hasta $100 millones y veinticuatro cuotas para montos superiores. La primera cuota estará disponible el 8 de septiembre de 2025 y las siguientes se acreditarán en los primeros cinco días hábiles de cada mes. El crédito fiscal incluirá un interés mensual del 0,5%, calculado desde la presentación de la declaración jurada hasta la generación del crédito.
Para acceder al beneficio, los importadores deberán renunciar expresamente a cualquier otro trámite de devolución o acción judicial, ya iniciada o futura, por los mismos conceptos. En caso de haber iniciado un trámite o acción, deberán desistir formalmente para poder inscribirse en el régimen.
Especialistas del sector, como Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, consideran que la medida es positiva pero limitada, ya que no contempla la devolución en efectivo ni reconoce intereses reales, lo que podría generar una pérdida de valor del crédito frente a la inflación. Además, señalan que muchos importadores debieron recurrir a mecanismos alternativos y más costosos para cumplir con sus obligaciones externas debido a las restricciones impuestas por el propio Estado.
La medida responde a reclamos del sector privado y se enmarca en una serie de cambios normativos que afectaron la aplicación del Impuesto PAIS, como la suspensión de cargas, la exclusión de operaciones en zonas francas y la reducción de alícuotas. ARCA anticipó que en una segunda etapa se habilitarán procedimientos para otros orígenes de saldos a favor no contemplados en la reglamentación actual.
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