Confirmaron las condenas de tres represores a los que les redujeron la pena luego de haber recibido perpetua
- La Cámara Federal de Casación Penal confirmó las condenas reducidas a tres ex militares por crímenes de lesa humanidad durante la dictadura argentina. Las penas, antes perpetuas, fueron fijadas entre 10 y 12 años. #Justicia #DDHH



La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la reducción de penas a tres ex militares condenados por crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura argentina. Martín Eduardo Sánchez Zinny, Horacio Linari y Emilio Morello, este último ex diputado nacional, habían sido sentenciados originalmente a prisión perpetua por el Tribunal Oral Federal N° 2, pero tras una revisión del caso, sus condenas fueron fijadas entre 10 y 12 años de prisión.
Según la sentencia, los tres ex miembros del Regimiento 6 de Mercedes fueron hallados responsables del secuestro y asesinato de militantes del Partido Revolucionario de los Trabajadores en 1976. El tribunal determinó que los hechos correspondían a homicidio simple y no agravado, lo que motivó la reducción de las penas. El cuerpo de una de las víctimas, Jorge Emilio Arancibia, fue identificado recién en 2018, mientras que otros permanecen desaparecidos.
Las defensas de los condenados argumentaron que las penas impuestas eran excesivas y que los acusados actuaron bajo órdenes, sin dirigir los operativos. También señalaron que no se probó que el regimiento funcionara como centro clandestino de detención. Por su parte, el Ministerio Público Fiscal y la querella del CELS impugnaron la reducción de las condenas, considerando que la gravedad de los delitos ameritaba penas más severas, en línea con la calificación de crímenes de lesa humanidad.
El fallo de Casación, firmado por los jueces Mariano Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo Hornos, sostuvo que las penas fueron "prudentes, razonadas y razonables", y que resultaron proporcionales a la culpabilidad probada. El tribunal también consideró como atenuantes la juventud y el rango de los acusados al momento de los hechos, así como su ámbito de decisión limitado dentro de la estructura militar.
Este caso se inscribe en la continuidad de los juicios por delitos de lesa humanidad en Argentina y reaviva el debate sobre la proporcionalidad de las penas y la responsabilidad de los mandos medios en el terrorismo de Estado. El fallo podría sentar precedente para futuras revisiones de condenas en causas similares.
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