Golpe judicial a las apps de reparto: la Corte bonaerense reconoció a los repartidores como empleados
• La Suprema Corte bonaerense ratificó que repartidores de apps como Rappi son empleados y no autónomos. • Se confirmó una multa millonaria a las empresas por incumplimientos laborales. • El fallo impacta en el modelo de trabajo de plataformas digitales en Buenos Aires.



La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires ratificó un fallo que reconoce a los repartidores de aplicaciones como Rappi y Repartos Ya como empleados en relación de dependencia, rechazando los recursos extraordinarios presentados por las empresas. La decisión, que deja firme una multa superior a los 16 millones de pesos a Rappi, se fundamenta en inspecciones realizadas por el Ministerio de Trabajo bonaerense, que detectaron irregularidades como la falta de registración de trabajadores, ausencia de aportes a la seguridad social y el incumplimiento de normas laborales.
El conflicto se originó cuando la autoridad laboral provincial llevó a cabo inspecciones en la vía pública y exigió a las empresas la documentación correspondiente. Ante la falta de respuesta adecuada, se labraron actas de infracción y se inició un sumario administrativo. Rappi argumentó que sus repartidores operan bajo un esquema de autonomía y que el Ministerio de Trabajo carecía de facultades para determinar la existencia de una relación laboral, postura que fue rechazada por los tribunales.
El Tribunal de Trabajo N°2 de La Plata confirmó la sanción administrativa, señalando que el Estado provincial tiene la potestad indelegable de ejercer la función de policía del trabajo. La Suprema Corte bonaerense, al analizar los recursos de la empresa, concluyó que los argumentos presentados no cumplían con los requisitos técnicos y reiteraban planteos ya formulados en instancias anteriores. Así, el máximo tribunal provincial dejó firme el fallo que reconoce la relación laboral y la multa impuesta.
En el caso de Repartos Ya, la Corte confirmó el criterio general de relación laboral para la mayoría de los repartidores, aunque dispuso una revisión específica en algunos casos donde no se acreditó la prestación de servicios.
Este fallo se produce en un contexto de debate sobre el modelo laboral de las plataformas digitales y mientras la nueva ley de modernización laboral, que flexibiliza el vínculo entre empresas y trabajadores de plataformas, permanece suspendida por decisiones judiciales. La resolución de la Corte bonaerense sienta un precedente relevante para el sector y podría influir en futuras regulaciones y litigios en la materia.
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