Fallo inédito en Chubut: la Justicia autorizó a una viuda a continuar con el tratamiento de fertilización que había empezado cuando su esposo vivía
- Justicia de Trelew autoriza a una viuda a continuar tratamiento de fertilización con embriones criopreservados junto a su esposo fallecido. - Fallo inédito por vacío legal, marca precedente en Argentina. #DerechosReproductivos #Justicia

La Justicia de Trelew dictó un fallo inédito al autorizar a una mujer a continuar con un tratamiento de fertilización asistida utilizando embriones criopreservados junto a su esposo fallecido. La decisión, tomada por la jueza Ivana Wolansky, responde a un vacío legal en la normativa argentina sobre la fertilización post mortem y sienta un precedente relevante en materia de derechos reproductivos.
La pareja, que se casó en 2011, había intentado durante años concebir de manera natural. Tras varios tratamientos de baja complejidad sin éxito, recurrieron a un centro especializado en Buenos Aires, donde en 2019 autorizaron la criopreservación de cuatro embriones con gametos donados. La transferencia embrionaria fue postergada por la pandemia y, en 2022, el esposo falleció a causa de una enfermedad.
Luego de la pérdida, la mujer solicitó al centro médico de Puerto Madryn la transferencia de los embriones, pero la clínica se negó, argumentando que el Código Civil y Comercial exige un consentimiento vigente, imposible de obtener tras el fallecimiento. Ante esta negativa, la mujer recurrió a la Justicia.
En su fallo, la jueza Wolansky sostuvo que la ausencia de una regulación específica no puede ser un obstáculo para el ejercicio de derechos fundamentales, como la autonomía reproductiva y el derecho a formar una familia. La magistrada fundamentó su decisión en la voluntad procreacional y el proyecto parental construido por la pareja en vida, y valoró un informe técnico que acreditó la idoneidad de la solicitante para afrontar la crianza de manera independiente.
El fallo ordena la transferencia inmediata de los embriones y reconoce el derecho de la mujer a la integridad y libertad personal, así como a la vida privada y familiar. Especialistas en derecho y fertilidad asistida consideran que la sentencia marca un cambio de paradigma, al priorizar el derecho de la mujer sobre la necesidad de un consentimiento expreso del fallecido, y abre un nuevo camino para la resolución de casos similares en el país.
Hasta el momento, la jurisprudencia argentina no era uniforme en estos casos, con antecedentes tanto favorables como desfavorables. La decisión de Trelew es la primera en la Patagonia que aplica la figura de maternidad monoparental para resolver un conflicto de fertilización post mortem, y podría influir en futuros fallos en todo el territorio nacional.
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