La Justicia confirmó el sobreseimiento de los exjugadores de Vélez denunciados por abuso sexual: "Hubo consentimiento"
• La Justicia de Tucumán confirmó el sobreseimiento de 4 exjugadores de Vélez acusados de abuso sexual. • El tribunal consideró probado el consentimiento de la denunciante. • La causa podría llegar a la Corte Suprema provincial o nacional.



El Tribunal de Impugnación Penal del Centro Judicial Capital de Tucumán confirmó el sobreseimiento de los exjugadores de Vélez Sarsfield, Carlos Sosa, Braian Cufré, Abiel Osorio y José Florentín, en la causa por abuso sexual agravado. La denuncia, presentada por una joven tucumana en marzo de 2024, sostenía que los futbolistas habían cometido un ataque sexual en un hotel de San Miguel de Tucumán. Sin embargo, tras más de dos años de investigación, la Justicia determinó que el encuentro fue consentido y no constituyó delito.
La resolución, firmada por la jueza Patricia del Valle Carugatti, avaló el fallo original dictado en diciembre de 2025 y rechazó los pedidos de la parte acusadora para reabrir la causa o excluir pruebas obtenidas de peritajes a teléfonos celulares. El tribunal consideró que la existencia de consentimiento quedó acreditada a partir de pruebas digitales, testimonios y pericias psicológicas. "El hecho existió, pero no constituye delito porque fue un acto sexual consentido que no vulnera el bien jurídico protegido por la ley penal", argumentó el tribunal.
Entre los elementos valorados se encuentran mensajes y audios recuperados de los celulares de la denunciante y sus amigas, enviados antes, durante y después del encuentro, así como registros fílmicos del hotel donde la joven fue vista retirándose de manera tranquila. La pericia psicológica oficial estableció que la joven resignificó el hecho con posterioridad, pero inicialmente fue consentido. Los análisis médicos no constataron lesiones compatibles con abuso y la prueba biológica fue compatible con un encuentro sexual consentido.
La defensa de la joven denunciante denunció irregularidades en la producción y uso de pruebas digitales, especialmente en la pericia informática realizada sobre los celulares de testigos. La querella exigía la nulidad de ese informe y la exclusión de toda prueba derivada, argumentando que vulneraba derechos a la privacidad y el debido proceso. Sin embargo, el tribunal rechazó todos estos planteos y ratificó la decisión de desvincular a los cuatro eximputados.
La denunciante aún puede recurrir ante la Corte Suprema de Tucumán y, en caso de no prosperar, la causa podría llegar hasta el máximo tribunal nacional. El caso ha generado debate sobre el uso de pruebas digitales y la perspectiva de género en la Justicia argentina.
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