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7 de diciembre de 2025
Politica
San Juan

Un fallo judicial autorizó que un niño sanjuanino se radique en España con su padre y que su hermana permanezca en el país

• Un fallo judicial en San Juan autoriza que un adolescente se mude a España con su padre, mientras su hermana permanece en Argentina con la madre. • Decisión basada en el bienestar y voluntad de los menores. • Nuevo régimen de alimentos. 🇦🇷🇪🇸

InfoZen

Un fallo judicial del fuero de menores de San Juan autorizó que un adolescente pueda mudarse a España para vivir con su padre, mientras su hermana permanecerá en Argentina bajo el cuidado de su madre. La decisión se tomó tras un proceso técnico que incluyó entrevistas con ambos menores y la intervención del Gabinete Técnico del Poder Judicial.

El caso se originó a partir de un conflicto parental, luego de que el padre, residente en España, solicitara la autorización para que sus dos hijos se trasladaran al país europeo como parte de un nuevo proyecto de vida. La madre, por su parte, se opuso y pidió que ambos permanecieran en San Juan. Durante las evaluaciones, el adolescente manifestó de manera firme su voluntad de vivir con su padre en el exterior, con el objetivo de fortalecer el vínculo entre ambos. En contraste, la niña expresó su deseo de seguir residiendo en Argentina.

El informe técnico consideró válida la postura del joven y advirtió que la resistencia familiar a su traslado generaba situaciones que afectaban su bienestar emocional. Por otro lado, concluyó que no había indicios de que resultara beneficioso para la niña mudarse fuera del país. El proceso fue iniciado por el juez Jorge Toro, quien dejó la resolución preparada antes de tomar licencia, y la sentencia fue finalmente formalizada por la jueza Camus, conforme al procedimiento previsto.

La decisión judicial estableció un régimen de cuidado personal diferenciado: el adolescente quedará bajo la responsabilidad de su padre, mientras que la madre continuará a cargo de la niña. Además, se autorizó la radicación del joven en España, prevista para concretarse luego de una evaluación previa durante el receso escolar. Con la nueva estructura familiar, también se modificó el régimen de alimentos, determinando que cada progenitor asumirá los gastos del hijo que permanece a su cuidado, quedando sin efecto la cuota anterior.

Este fallo marca un precedente en la consideración de la voluntad y el bienestar de los menores en casos de conflicto parental, priorizando el interés superior de los niños y la adaptación de las medidas judiciales a las necesidades particulares de cada familia.