Incendió su casa y mató a su pareja luego de una discusión en Neuquén: deberá cumplir una pena de 8 años de cárcel
• Mujer condenada a 8 años de prisión en San Martín de los Andes por incendio que causó la muerte de su pareja. • El hecho impactó a la comunidad mapuche y dejó sin hogar a su hijo. • Tribunal valoró atenuantes y agravantes. 🔥⚖️



El tribunal de San Martín de los Andes condenó a Beatriz Esther Cayún a ocho años de prisión efectiva por el delito de incendio seguido de muerte, tras considerar probado que provocó el fuego que causó la muerte de su pareja, José Emiliano Catricura, y la destrucción total de la vivienda familiar. El hecho ocurrió el 10 de febrero de 2024, entre las 8:30 y las 9:00, en la vivienda que la pareja compartía, luego de una discusión posterior a una reunión comunitaria mapuche.
Según la investigación, Cayún roció nafta en el interior de la casa y encendió un fósforo, lo que provocó una explosión que bloqueó la puerta principal. Catricura logró escapar por una puerta trasera, pero sufrió quemaduras en el 90% de su cuerpo y falleció horas más tarde en el hospital local. La acusada también resultó gravemente herida. El incendio destruyó completamente la vivienda, dejando sin hogar al hijo de la pareja, quien se encontraba en la propiedad al momento del siniestro.
Durante la audiencia de cesura, el fiscal jefe Gastón Ávila solicitó una pena de nueve años, argumentando la gravedad del resultado, la extensión del daño material y humano, el riesgo concreto al que estuvo expuesto el niño y el impacto social en la comunidad mapuche, donde el fuego posee un fuerte valor simbólico. "La muerte de Catricura tras sufrir quemaduras en el 90% del cuerpo, el riesgo para el hijo de la pareja y el valor simbólico del fuego en la comunidad mapuche agravan el hecho", sostuvo Ávila.
La defensa pública, por su parte, pidió que se declarara la inconstitucionalidad del mínimo legal previsto en el Código Penal y, en caso de admitirse, la imposición de una pena de tres años en suspenso, argumentando la vulnerabilidad estructural de Cayún. El tribunal, integrado por los jueces Maximiliano Bagnat, Federico Sommer y Diego Chavarría Ruiz, rechazó este planteo al no encontrar una desproporción manifiesta que permitiera apartarse de la escala legal, ni admitió revisar la calificación penal ya fijada en la etapa de responsabilidad.
Finalmente, los jueces valoraron como atenuantes la ausencia de antecedentes penales de Cayún y las graves lesiones que ella misma sufrió durante el hecho, concluyendo que estos factores equilibraban las circunstancias agravantes planteadas por la Fiscalía. La pena fue fijada en el mínimo legal de ocho años de prisión efectiva. El juicio oral se extendió por cinco jornadas, con testimonios de familiares, integrantes de la comunidad mapuche, peritos y efectivos policiales. El caso generó un fuerte impacto social en la comunidad local, especialmente por el valor simbólico del fuego en la cultura mapuche, y dejó sin hogar al hijo de la pareja. El fallo marca un precedente en la valoración de agravantes y atenuantes en delitos de incendio seguido de muerte, y pone en relieve la importancia de considerar el contexto social y cultural en la determinación de penas.
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