Prohibieron la venta de mascarillas faciales y otros cosm茅ticos por representar un grave riesgo sanitario
馃毇 ANMAT prohibi贸 la venta y uso de mascarillas faciales y cosm茅ticos de 4 marcas por falta de inscripci贸n sanitaria. Medida nacional para proteger la salud p煤blica. #Salud #Seguridad



La Administraci贸n Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnolog铆a M茅dica (ANMAT) dispuso la prohibici贸n inmediata de uso, comercializaci贸n, publicidad y distribuci贸n de mascarillas faciales y otros productos cosm茅ticos de las marcas USHAS, FAYANKOU, KAKAZIYAN y CHOVEMOAR en todo el territorio argentino. La medida, formalizada mediante la Resoluci贸n 4193/2026 y publicada en el Bolet铆n Oficial, responde a la detecci贸n de estos productos en comercios y plataformas de venta online sin la correspondiente inscripci贸n sanitaria.
Seg煤n inform贸 la ANMAT, los controles realizados por el 谩rea de Cosmetovigilancia permitieron identificar la presencia de estos art铆culos en la Ciudad Aut贸noma de Buenos Aires y su oferta con env铆o a todo el pa铆s. Al verificar los r贸tulos y consultar la base de datos oficial, se constat贸 que ninguno de los productos contaba con registro sanitario vigente, lo que impide garantizar su calidad, seguridad y condiciones de elaboraci贸n.
La autoridad sanitaria explic贸 que la ausencia de inscripci贸n sanitaria constituye una infracci贸n grave a la normativa vigente y representa un riesgo potencial para la salud p煤blica, ya que no es posible asegurar que los productos hayan sido fabricados bajo condiciones higi茅nico-sanitarias adecuadas ni que contengan ingredientes permitidos. "La inscripci贸n sanitaria es un requisito fundamental para la comercializaci贸n de cosm茅ticos en Argentina", subray贸 la ANMAT en su comunicado.
La prohibici贸n alcanza a todas las presentaciones y lotes de los productos involucrados, hasta tanto regularicen su situaci贸n ante la autoridad sanitaria. Adem谩s, la medida fue comunicada a las autoridades provinciales, al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y a organismos de defensa del consumidor para garantizar el retiro efectivo de los art铆culos del mercado.
La decisi贸n se fundamenta en la Ley 16.463, la Resoluci贸n 155/98 y el Decreto 1490/92, que facultan a la ANMAT a adoptar medidas preventivas para salvaguardar la salud de la poblaci贸n ante la circulaci贸n de productos ileg铆timos. El caso pone en evidencia la importancia del control sanitario en el mercado de cosm茅ticos y la necesidad de reforzar la vigilancia sobre productos ofrecidos en plataformas digitales, donde la fiscalizaci贸n resulta m谩s compleja.
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