La Corte Suprema dejó firme el rechazo a la demanda por la paternidad de Sandro
• La Corte Suprema rechazó el reclamo de Sandra Borda, quien buscaba ser reconocida como hija de Sandro 🎤 • El fallo, basado en pruebas de ADN negativas, cierra definitivamente el caso judicial. • No se halló vínculo biológico.



La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el recurso extraordinario presentado por Sandra Edit Borda, quien buscaba ser reconocida como hija biológica del legendario cantante Roberto Sánchez, conocido como Sandro. Con esta decisión, el máximo tribunal argentino dejó firme la sentencia que descartó la existencia de un vínculo filiatorio entre Borda y el artista, basándose en pruebas genéticas que resultaron negativas.
El caso se inició en 2010, cuando Borda, tras la confesión de su madre poco antes de morir, inició una acción judicial para impugnar la paternidad de quien la crió y, simultáneamente, demandó el reconocimiento de Sandro como su padre biológico. En 2015, por orden judicial, se exhumaron los restos de Sandro para realizar una prueba de ADN, cuyo resultado fue determinante: no existía compatibilidad genética entre ambos.
A pesar de los resultados, Borda continuó su reclamo, cuestionando la validez de las muestras y la cadena de custodia. Sin embargo, tanto el juez de primera instancia como la Cámara de Apelaciones y la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires ratificaron la inexistencia de vínculo biológico, fundamentando sus fallos en la contundencia de la prueba genética.
El fallo de la Corte Suprema, firmado por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, se basó en el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que permite desestimar recursos extraordinarios sin pronunciarse sobre el fondo del asunto. De este modo, se agotó la vía judicial para el reclamo de Borda.
La figura de Sandro, fallecido en 2010, sigue generando interés y debate en la sociedad argentina. El caso, que se extendió por más de una década y tuvo amplia repercusión mediática, queda así cerrado desde el punto de vista legal, sin reconocimiento de filiación para la demandante. El fallo sienta un precedente sobre la importancia de la prueba genética en los procesos de filiación y marca el final de un prolongado litigio judicial.
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