Denunció que dejó su auto en el taller y jamás lo recuperó: demandó al mecánico, pero la Justicia rechazó el reclamo
- Juzgado de San Martín rechazó demanda por auto no devuelto en taller - No se probó existencia de contrato entre las partes - Demandante deberá pagar costas del juicio - Caso genera debate sobre pruebas en contratos informales #Justicia #BuenosAires



El Juzgado en lo Civil y Comercial n.º 3 de San Martín, provincia de Buenos Aires, rechazó una demanda por incumplimiento contractual presentada por un hombre que denunció no haber recuperado su automóvil tras dejarlo en un taller mecánico de Malvinas Argentinas. El fallo, al que accedió Infobae, determinó que no se acreditó la existencia de un contrato entre las partes, lo que resultó determinante para la resolución del caso.
Según el expediente, el demandante afirmó que en agosto de 2018 entregó su Chrysler Sebring LE y una suma de dinero al taller para realizar reparaciones. Sostuvo que, con el paso del tiempo, el trabajo no se completó y que el dueño del taller ofrecía excusas para no devolver el vehículo ni el dinero. Además, relató que el taller cerró tras un incendio y que, pese a sus reclamos formales y cartas documento, no obtuvo respuesta satisfactoria.
Por su parte, el propietario del taller negó haber recibido el auto o dinero alguno y aseguró que, de haber estado el vehículo en su establecimiento durante el incendio, el demandante habría sido notificado. También respondió formalmente a la carta documento y rechazó cualquier tipo de reclamo, argumentando que la demanda perseguía un enriquecimiento indebido.
Durante el proceso judicial, ambas partes presentaron documentación y testigos. Sin embargo, los testigos del demandante no presenciaron la entrega del auto ni conocían personalmente al demandado. La pericia mecánica tampoco pudo determinar el estado ni el valor del vehículo, ya que no fue posible inspeccionarlo.
El juez consideró que la carga de la prueba recaía sobre quien afirmaba la existencia del contrato, en este caso el demandante. Al no poder acreditarse la entrega del auto ni el pago, el tribunal resolvió rechazar la demanda y ordenó que las costas del proceso sean soportadas por el reclamante. La regulación de honorarios quedó diferida para una instancia posterior.
Este caso pone de relieve la importancia de contar con documentación fehaciente en acuerdos de servicios y la dificultad de reclamar judicialmente en ausencia de pruebas claras. El fallo podría influir en futuros litigios similares, especialmente en el ámbito de los servicios automotrices informales.
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