Fin de las indemnizaciones y nuevo régimen laboral: el Banco Central activa el Fondo de Cese Laboral
• El BCRA reglamentó el Fondo de Cese Laboral, alternativa voluntaria a la indemnización por antigüedad. • Empresas y sindicatos decidirán adhesión y aportes. • El sistema busca previsibilidad, pero genera dudas legales y sindicales.



El Banco Central de la República Argentina (BCRA) reglamentó el funcionamiento de las Cuentas Bancarias de Cese Laboral, un nuevo sistema que busca ofrecer una alternativa voluntaria a la tradicional indemnización por antigüedad prevista en la Ley de Contrato de Trabajo. Esta medida, formalizada mediante la Comunicación A 8288/2025, se enmarca en la Ley Bases y el Decreto 847/2024, y apunta a brindar mayor previsibilidad jurídica y financiera tanto a empleadores como a trabajadores.
El sistema permite que empresas y sindicatos, en un plazo de 90 días, decidan si adhieren al régimen, definiendo el tipo de fondo, el porcentaje de aporte y la entidad administradora. Los aportes pueden ser realizados por el empleador y, en algunos casos, por el trabajador, según lo que se acuerde en los convenios colectivos de trabajo. Una vez finalizada la relación laboral, el trabajador recibirá el dinero acumulado en su cuenta bancaria personal, con la posibilidad de retirarlo en ventanilla. Los fondos depositados son inembargables y de libre disponibilidad para el titular.
La periodicidad y el monto de los aportes no están fijados por la ley ni por la reglamentación, quedando sujetos a la negociación entre sindicatos y empresarios. En sectores como la construcción, el aporte puede llegar al 12% de la remuneración durante el primer año, mientras que en otros casos el máximo suele ser del 8%.
El sistema contempla la constitución de Fondos Comunes de Inversión (FCI) o Fideicomisos Financieros (FF), que deben incluir explícitamente la denominación "Cese Laboral". La administración de estos fondos estará a cargo de sociedades gerentes, que definirán las políticas de inversión.
La iniciativa ha generado debates entre los distintos actores del mundo laboral. Mientras empresarios consideran que el nuevo régimen puede reducir la litigiosidad y facilitar acuerdos, especialmente en pequeñas y medianas empresas, sindicatos y especialistas advierten sobre posibles riesgos legales y la constitucionalidad de que el trabajador aporte para su propio despido. El artículo 14bis de la Constitución Nacional garantiza la protección contra el despido arbitrario, y algunos sectores consideran que la posibilidad de que el empleado financie su indemnización podría contradecir este principio.
El éxito del sistema dependerá de la confianza y transparencia en su administración, así como de la capacidad de los sectores involucrados para negociar condiciones que protejan los derechos de los trabajadores. La reforma se inscribe en un contexto de modernización del mercado laboral argentino, con el objetivo de reducir la conflictividad judicial y adaptarse a las recomendaciones de organismos internacionales.
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