Una empresa de venta online fue condenada por ocultar información y le ordenaron difundir la sentencia
• Cámara Comercial ordena a empresa online difundir sentencia por ocultar info a consumidores • Multa de $5 millones y capacitación obligatoria para gerentes • Refuerzan derechos de usuarios en ventas digitales 🇦🇷



La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó la condena a una empresa de venta online por ocultar información relevante a los consumidores, en el marco de una acción colectiva impulsada por la Asociación Civil por los Consumidores y el Medio Ambiente (ACYMA). La sentencia, dictada por la Sala F, ordena a la firma difundir el fallo y adecuar sus prácticas comerciales a lo establecido en la Ley de Defensa del Consumidor y normativas locales.
El caso se originó tras denuncias de ACYMA, que señaló que la empresa omitía información clave como el derecho a revocar la aceptación del contrato dentro de los diez días, no ofrecía canales adecuados para reclamos y no entregaba comprobantes de venta ni respetaba los plazos de entrega. Estas irregularidades se verificaron entre 2010 y 2013 y durante el proceso judicial.
En primera instancia, el Juzgado Comercial N.º 25 condenó a la empresa a pagar cinco millones de pesos en concepto de daño punitivo y ordenó la capacitación de sus gerentes en defensa del consumidor. La asociación apeló, solicitando mayor difusión del fallo y una orden expresa de adecuación de las prácticas comerciales.
La fiscal general Gabriela Boquin respaldó el pedido de ACYMA, subrayando la importancia de la transparencia y el acceso a la información para los consumidores. "La difusión del fallo se vincula con el principio de transparencia en materia de consumo y con el derecho constitucional de acceso a la información", sostuvo Boquin.
La Cámara coincidió parcialmente con la fiscalía y la asociación, ordenando la publicación de la sentencia y la adecuación de las prácticas de la empresa. El juez Ernesto Lucchelli aclaró que el daño punitivo no busca compensar al consumidor, sino sancionar y prevenir futuras infracciones. La jueza Alejandra Tevez adhirió a este criterio, enfatizando el carácter disuasivo de la sanción.
La empresa, por su parte, negó los cargos y cuestionó la legitimidad de la acción colectiva. Sin embargo, el fallo refuerza la obligación de informar y la transparencia en el comercio digital, sentando un precedente relevante para la protección de los derechos de los consumidores en Argentina.
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