La Justicia porteña sancionó a una agencia de viajes que promocionaba a las Islas Malvinas como británicas
• Justicia porteña ordena a Cruiseline SRL rectificar publicidades que presentaban a las Islas Malvinas como británicas. • La empresa deberá aclarar la soberanía argentina y modificar mapas y denominaciones en sus ofertas turísticas.



La Justicia de la Ciudad de Buenos Aires ratificó una sentencia que obliga a la agencia de viajes Cruiseline SRL a modificar sus publicidades por presentar a las Islas Malvinas como territorio británico. La Sala IV de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo confirmó el fallo de primera instancia, que consideró ilícitas las campañas de promoción de cruceros que utilizaban denominaciones británicas como “Falkland Islands” y “Port Stanley” en lugar de los nombres oficiales argentinos.
El caso se originó a partir de denuncias de consumidores y abogados, quienes señalaron que la empresa ofrecía viajes al archipiélago con información que atribuía la soberanía de las islas al Reino Unido, en contradicción con la normativa nacional. La defensa de Cruiseline argumentó que su rol era el de intermediaria de navieras internacionales y que no tenía capacidad para modificar los itinerarios ni la información proporcionada por las compañías extranjeras. Además, sostuvo que la referencia al Reino Unido respondía a condiciones administrativas de facto vigentes en las operaciones portuarias de la zona.
Sin embargo, el tribunal desestimó estos argumentos y recordó que los proveedores locales deben respetar el orden jurídico argentino, incluyendo la Constitución Nacional, que ratifica la soberanía legítima e imprescriptible de Argentina sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur. La jueza Laura Perugini destacó que cualquier publicidad difundida en el país que desconozca esta titularidad implica una infracción al ordenamiento legal y puede inducir a error a los consumidores sobre el destino del viaje.
El fallo también detectó irregularidades en los mapas exhibidos en el sitio web de la empresa, donde se utilizaba toponimia inglesa en lugar de la nomenclatura oficial argentina. La Cámara consideró que la información suministrada resultaba engañosa y que la normativa de consumo exige brindar datos ciertos, claros y detallados. Como consecuencia, Cruiseline SRL deberá eliminar los contenidos ilícitos de sus plataformas digitales, publicar un aviso rectificatorio y enviar una comunicación a los clientes que hayan contratado el servicio, aclarando que el destino corresponde a la República Argentina.
Cabe mencionar que la decisión no fue unánime. La jueza Nieves Macchiavelli votó en disidencia parcial, considerando que la mención al Reino Unido era una descripción administrativa de las condiciones operativas bajo ocupación británica, pero su postura quedó en minoría frente al criterio mayoritario. El fallo refuerza la obligación de respetar la soberanía nacional en toda oferta turística y marca un precedente sobre la información que debe brindarse a los consumidores en el país.
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