Reforma laboral: la Justicia habilitó el amparo colectivo de abogados
• La Justicia habilitó un amparo colectivo del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal contra dos artículos clave de la reforma laboral. El proceso impacta a miles de abogados laboralistas y podría modificar el cobro de honorarios y responsabilidades legales.



La Justicia federal habilitó la tramitación de un amparo colectivo presentado por el Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (CPACF) contra dos artículos de la Ley 27.802 de reforma laboral, sancionada en febrero de 2026. La resolución, dictada por el juez en lo Contencioso Administrativo Federal Martín Cormick, reconoce la legitimación del CPACF para representar a los abogados laboralistas de la Ciudad de Buenos Aires y ordena que el expediente continúe como proceso colectivo, inscribiéndolo en el Registro de Procesos Colectivos de la Corte Suprema.
El planteo del Colegio Público impugna los artículos 10 y 56 de la reforma. El primero introduce la responsabilidad solidaria de los abogados por las costas procesales en caso de sobreestimación de los créditos reclamados en juicios laborales, mientras que el segundo permite que las sentencias laborales y los honorarios profesionales se paguen en cuotas, hasta seis para grandes empresas y hasta doce para pymes. Según el CPACF, estas disposiciones vulneran el libre ejercicio profesional, el derecho a una retribución justa y la igualdad ante la ley, ya que los abogados laboralistas quedarían expuestos a nuevas responsabilidades y a la postergación del cobro de sus honorarios.
El juez Cormick rechazó acumular la causa con otra iniciada por la Confederación General del Trabajo (CGT), al considerar que ambas representan colectivos y agravios distintos: la CGT actúa en defensa de los trabajadores, mientras que el CPACF lo hace en representación de los abogados. "Esta acción de amparo debe tramitar como un proceso colectivo que identifica como grupo colectivo a los abogados matriculados ante el CPACF que tramitan juicios laborales alcanzados por la Ley de Contrato de Trabajo modificada por la Ley 27.802", sostuvo el magistrado.
La presidenta del Colegio, Alejandra García, celebró la resolución judicial y afirmó que "constituye un primer paso importante porque admite que el Colegio Público representa adecuadamente los intereses de las abogadas y los abogados alcanzados por esas disposiciones y habilita que la causa continúe como proceso colectivo". García agregó que la posibilidad de diferir en cuotas el pago de los honorarios "desconoce el carácter alimentario de nuestra retribución y posterga aún más el cobro de quienes ya esperan años hasta la finalización de un juicio laboral".
La causa, que aún no resolvió sobre la constitucionalidad de los artículos cuestionados, podría sentar un precedente relevante para futuras acciones colectivas y tendrá impacto directo sobre miles de abogados laboralistas de la Ciudad de Buenos Aires.
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