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24 de julio de 2025
Politica
Río Gallegos

La justicia de Santa Cruz desafió a la Corte Suprema e incluyó a Cristina Kirchner en el padrón electoral

• Justicia de Santa Cruz mantiene a Cristina Kirchner en el padrón electoral pese a su condena. • Decisión es simbólica: puede votar, no ser candidata. • Debate sobre derechos políticos y jurisprudencia argentina. 🇦🇷⚖️

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El Juzgado Federal de Río Gallegos, Santa Cruz, resolvió mantener a Cristina Fernández de Kirchner en el padrón electoral para las próximas elecciones nacionales, a pesar de la condena firme por corrupción y la inhabilitación dictada por la Corte Suprema de Justicia. La decisión, tomada por la jueza subrogante Mariel Borruto el 18 de julio, se fundamenta en la inconstitucionalidad de la exclusión automática de condenados del derecho a voto, citando fallos previos de la Cámara Nacional Electoral y estándares internacionales de derechos humanos.

La jueza Borruto argumentó que "privar el derecho a votar infringe los estándares de nuestro más alto tribunal, ello sin perder de vista que las normas cuestionadas no superan los estándares de legalidad, necesidad y proporcionalidad, exigidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos". El fallo permite a Kirchner ejercer el sufragio en Santa Cruz, aunque mantiene la inhabilitación para ser candidata, en línea con la condena impuesta por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de Capital Federal.

La resolución se produjo en reemplazo del juez titular Claudio Vázquez, quien se encontraba de licencia. La Cámara Nacional Electoral había solicitado la exclusión de Kirchner del padrón tras la confirmación de su condena por la Corte Suprema, pero la jueza Borruto se apartó de esa interpretación, citando los casos "Zelaya" (2022) y "Penitenciaria" (2016) como antecedentes de inconstitucionalidad de la privación automática del derecho al voto.

El impacto de la decisión es principalmente simbólico, ya que la expresidenta cumple arresto domiciliario en Buenos Aires y no podría trasladarse a Santa Cruz para votar sin autorización judicial. El fiscal electoral no apeló el fallo, aunque podría hacerlo tras la feria judicial.

Este caso reaviva el debate sobre el alcance de los derechos políticos de personas condenadas por delitos contra la administración pública. Si bien la jurisprudencia argentina suele considerar inconstitucional la prohibición genérica de voto a condenados, es más restrictiva en casos de corrupción. La decisión de la jueza Borruto ha generado diversas reacciones, desde quienes la ven como una reivindicación política hasta quienes critican la contradicción entre la jurisprudencia y su aplicación en casos emblemáticos como el de Cristina Kirchner.

El futuro de la participación electoral de la expresidenta dependerá de eventuales apelaciones y de la interpretación de los tribunales superiores, en un contexto de fuerte debate sobre los derechos políticos y la transparencia institucional.

Fuentes

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3 de noviembre de 2021

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