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17 de marzo de 2026
Politica
San Carlos de Bariloche

La Corte le puso un freno a las tasas municipales: falló en contra de Bariloche y no podrá cobrárselas al aeropuerto

• La Corte Suprema frenó el cobro de tasas municipales en el aeropuerto de Bariloche. • Declaró inconstitucional la ley provincial que anexaba el predio al municipio. • El aeropuerto queda bajo jurisdicción federal, no municipal. ✈️⚖️ #Argentina

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió este martes un prolongado conflicto de jurisdicción sobre el aeropuerto internacional de San Carlos de Bariloche, al declarar inconstitucional la ley provincial que permitía al municipio cobrar tasas y ejercer control sobre el predio. El máximo tribunal, integrado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, revocó una sentencia que habilitaba a la Municipalidad de Bariloche a intervenir en el aeropuerto, argumentando que se trata de tierras bajo dominio federal, al estar ubicadas dentro del Parque Nacional Nahuel Huapi.

El conflicto se originó cuando la provincia de Río Negro amplió el ejido urbano de Bariloche para incorporar el aeropuerto, lo que llevó al municipio a exigir a la concesionaria Aeropuertos Argentina 2000 el pago de tasas de seguridad e higiene, la declaración de ingresos y la habilitación comercial, bajo amenaza de clausura. Ante esta situación, el Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA) y la empresa concesionaria impulsaron una acción judicial para aclarar los límites de la potestad municipal sobre el aeropuerto.

En primera instancia, la Justicia rechazó el planteo nacional, pero la Cámara Federal de General Roca admitió parcialmente la intervención municipal, siempre que no afectara el funcionamiento del aeropuerto. Sin embargo, la Corte Suprema fue contundente al señalar que la potestad tributaria y de control no corresponde al municipio, ya que el aeropuerto se encuentra en territorio federal y la provincia no puede disponer de esas tierras.

En su voto, el presidente de la Corte, Horacio Rosatti, remarcó que la ley provincial 3978 ya había sido declarada inconstitucional en un fallo anterior, y que la anexión de tierras federales al municipio no es válida. Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti coincidieron en que la Municipalidad de Bariloche carece de competencia territorial para ejercer poder de policía o imponer tributos en el aeropuerto.

El fallo tiene impacto directo en la recaudación municipal y en la autonomía local, pero sienta un precedente sobre la jurisdicción en infraestructuras estratégicas. El expediente vuelve ahora a instancias inferiores para un nuevo pronunciamiento acorde a la decisión de la Corte. Mientras tanto, el Gobierno nacional continúa impulsando reformas para limitar el aumento de tasas municipales en todo el país, en medio de una creciente tensión entre intendentes y la administración central.

Fuentes

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