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12 de julio de 2026
Seguridad
Quilmes

Fue a un hotel alojamiento, resbaló al salir del jacuzzi y se quebró la pierna: la Justicia condenó al lugar a pagar $17 millones

• Justicia de Quilmes condenó a un hotel alojamiento a pagar $17,25 millones a una mujer que sufrió fracturas tras caer al salir del jacuzzi por falta de seguridad. El fallo destaca el deber de protección al consumidor. #Justicia #Seguridad

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La Justicia de Quilmes dictó una sentencia que obliga a un hotel alojamiento de esa ciudad a indemnizar con $17.250.000, más intereses, a una mujer que sufrió graves lesiones tras resbalar al salir del jacuzzi de una de sus habitaciones. El accidente ocurrió en septiembre de 2014, cuando la reclamante, acompañada de su esposo, perdió el equilibrio debido a un desnivel y la falta de elementos de seguridad en el sector del jacuzzi. Como consecuencia, la mujer sufrió fracturas en el tobillo y peroné derechos, lo que derivó en varias intervenciones quirúrgicas y un prolongado proceso de rehabilitación.

Según el fallo, al que accedió Infobae, la empresa demandada negó la existencia de riesgos y sostuvo que las instalaciones cumplían con las normas de seguridad e higiene. Sin embargo, la pericia médica y la de seguridad e higiene confirmaron tanto la gravedad de las lesiones como la presencia de un desnivel riesgoso en el área del jacuzzi. El juez consideró que el vínculo entre la reclamante y el hotel se encuadra en una relación de consumo bajo la ley 24.240, lo que implica un deber objetivo de seguridad por parte del proveedor de servicios.

La sentencia reconoce una incapacidad física parcial y permanente del 16%, además de cicatrices y limitaciones funcionales. El monto indemnizatorio incluye $11.150.000 por incapacidad y secuelas físicas, $100.000 por gastos médicos y $6.000.000 por daño moral. El tribunal desestimó el reclamo por daño psicológico y lucro cesante por falta de pruebas suficientes.

El juez también ordenó actualizar el límite de la póliza de seguro en función de la inflación registrada durante el extenso proceso judicial. La aseguradora responderá hasta el nuevo límite, mientras que el resto de la suma quedará a cargo de la empresa hotelera. El fallo impone las costas del proceso a la parte demandada y establece un plazo de diez días para el pago de la indemnización, bajo apercibimiento de ejecución.

Este caso refuerza la importancia del deber de seguridad en la prestación de servicios y podría sentar precedente para futuras demandas similares en el ámbito de la defensa del consumidor.