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16 de diciembre de 2025
Seguridad
Mar del Plata

La Justicia falló a favor de una mujer que perdió un vuelo por un corte de calle: le pagarán más de $34 millones

• Justicia ordena indemnización millonaria a una mujer que perdió su vuelo por demoras en traslado terrestre durante el G20. • Empresa deberá pagar más de $34 millones por daños y perjuicios. • Fallo destaca deber de previsión e información al consumidor.

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Una mujer de Mar del Plata fue indemnizada con más de 34 millones de pesos tras perder un vuelo internacional debido a demoras en un servicio de transporte terrestre contratado para llevarla al aeropuerto de Ezeiza. El fallo, emitido por el Juzgado en lo Civil y Comercial n.° 4 de Mar del Plata, responsabilizó a la empresa de transporte por no prever ni informar adecuadamente sobre los desvíos y congestiones ocasionados por el operativo de seguridad de la Cumbre del G20 en Buenos Aires, evento que había sido ampliamente anunciado.

El caso se remonta a diciembre de 2018, cuando la mujer, junto a su pareja, contrató un servicio privado de traslado con la expectativa de llegar a tiempo para abordar un vuelo a España. Sin embargo, el micro enfrentó desvíos, congestión y una parada imprevista, lo que provocó que llegaran al aeropuerto cuando el embarque ya había cerrado. La pasajera no pudo reclamar a la aerolínea y debió pasar la noche en la terminal antes de regresar a Mar del Plata.

La empresa de transporte argumentó que los retrasos fueron consecuencia de un hecho de fuerza mayor, atribuyendo la responsabilidad a las autoridades y organizadores del G20. No obstante, el juzgado consideró que, como profesional del transporte, la empresa debía anticipar y gestionar los riesgos previsibles, informando a los usuarios y adoptando medidas correctivas, como adelantar horarios o planificar rutas alternativas.

El fallo ordenó la devolución de los importes pagados por el servicio terrestre y el valor actualizado de los boletos aéreos, además de una indemnización por daño moral de 30 millones de pesos. Se descartó la aplicación de daño punitivo y cualquier responsabilidad de la aerolínea, ya que no existía una relación contractual entre ambas empresas.

La sentencia subraya la importancia de la previsión y la información en los servicios de transporte vinculados a vuelos, y destaca la necesidad de proteger los derechos económicos de los consumidores, especialmente cuando la puntualidad es esencial para el cumplimiento del servicio. El caso podría sentar un precedente en la responsabilidad de las empresas de transporte ante eventos previsibles que afecten la finalidad del servicio contratado.