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15 de marzo de 2026
Seguridad
Jujuy

Un empresario fue a juicio por reducción a la servidumbre, lo absolvieron y arremetió contra el fiscal: “Nunca hubo pruebas”

• Empresario absuelto en Jujuy por trata y servidumbre • Tribunal aplicó "in dubio pro reo" por falta de pruebas • Fiscal no apeló la sentencia • Debate sobre objetividad y recursos judiciales 🏛️

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El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy absolvió al productor agropecuario Guillermo Adolfo Ros de los cargos de trata de personas y reducción a la servidumbre, tras un extenso proceso judicial que involucró a trabajadores de la Finca Murcia, ubicada en Arroyo Colorado, Santa Clara, Jujuy. La acusación, impulsada por el fiscal Federico Aníbal Zurueta, sostenía que Ros había sometido a Juan Carlos Velasco y Florencio Arambique, junto a sus familias, a condiciones de explotación laboral y servidumbre, aprovechándose de su vulnerabilidad y pobreza estructural.

Sin embargo, el tribunal aplicó el principio de "in dubio pro reo", al considerar que no se alcanzó la certeza necesaria para probar la responsabilidad penal del empresario. La defensa presentó pruebas de que los denunciantes tenían una relación laboral registrada, acceso a ART, obra social, vacaciones y vivienda con servicios básicos, lo que fue considerado incompatible con la figura de reducción a la servidumbre. Además, se destacó que Velasco contrató abogados para litigar contra la empresa y que Arambique continuó trabajando para Ros tras los allanamientos, incluso rechazando ofertas de vivienda por no ser de su agrado.

Durante el proceso, se realizaron inspecciones por distintas agencias estatales, que no resultaron en sanciones por explotación laboral o condiciones indignas. El tribunal resaltó que estos hechos generaron una duda razonable sobre la configuración del delito. "Fui acusado de un delito gravísimo que el fiscal nunca pudo probar. Nunca hubo pruebas que sostengan una acusación tan grave como la que se me hizo", expresó Ros en un descargo público, lamentando el impacto familiar, social y laboral de la imputación.

La defensa, encabezada por Martín Olari Ugrotte y Carlos Mauricio Garmendia, criticó la falta de objetividad del fiscal y el uso de recursos estatales en el caso. "La contundencia de la sentencia demuestra que la trata de personas es un delito serio, que debe ser abordado por el MPF con eficiencia para evitar caer en lo que lamentablemente sucedió en este caso", señaló Garmendia.

El Ministerio Público Fiscal no apeló la sentencia absolutoria, una decisión poco habitual en casos de esta gravedad. El fallo deja abierta la discusión sobre la eficiencia y objetividad en la investigación de delitos graves, así como el impacto personal y social de las acusaciones infundadas.