Se fueron a vivir a las sierras, pero el camión de mudanza no llegó: la Justicia ordenó pagar el valor real de los bienes
• Justicia ordena indemnización de $2.941.400 a un usuario por mudanza perdida entre Buenos Aires y Córdoba • Empresas de transporte condenadas por incumplimiento contractual • Fallo destaca protección al consumidor #Justicia #Consumo



Dos empresas de transporte fueron condenadas a indemnizar con 2.941.400 pesos a un usuario por la pérdida total de su mudanza durante el traslado entre Buenos Aires y Villa Carlos Paz, Córdoba. La resolución, dictada por el Juzgado en lo Civil y Comercial n.° 8 de Quilmes, se basó en la comprobación de incumplimiento contractual y daños y perjuicios, tras un proceso judicial iniciado en 2021.
El conflicto se originó en noviembre de 2018, cuando el usuario contrató el traslado de 32 bultos, incluyendo electrodomésticos y muebles, que nunca llegaron a destino. A pesar de las gestiones ante la Dirección de Defensa del Consumidor y los reclamos administrativos, las empresas no restituyeron los bienes ni ofrecieron respuestas satisfactorias. Una de las compañías admitió haber recibido la carga, pero negó conocer el contenido exacto y cuestionó el monto reclamado, alegando que el valor declarado era de solo 3.000 pesos. Sin embargo, la pericia contable y la documentación aportada por el reclamante permitieron al tribunal establecer la existencia del contrato y la responsabilidad de las empresas.
El fallo subraya que en el transporte de cargas existe una presunción de responsabilidad sobre el transportista, que solo puede liberarse si acredita hechos ajenos que expliquen la imposibilidad de cumplir con la entrega. La jueza consideró determinante la falta de respuesta y colaboración de las empresas, así como la rebeldía procesal de una de ellas, para dictar la condena solidaria.
La indemnización fue fijada en base a la tasación de un martillero público, desestimando los cuestionamientos de las empresas por falta de sustento técnico. Además, se estableció el pago de intereses desde la fecha de la mediación fallida en 2019 y hasta el pago efectivo, así como las costas del proceso.
La sentencia destaca la protección constitucional y legal de los consumidores frente a empresas con mayor poder de negociación y control de la información. El tribunal remarcó la importancia de la confianza en los servicios y la necesidad de una respuesta judicial eficaz ante su quiebre. El caso sienta un precedente relevante en materia de defensa del consumidor y responsabilidad de los proveedores de servicios de transporte.
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