La Corte Suprema confirmó la condena a todo el gabinete de una provincia por cobrar sobresueldos durante seis años
• La Corte Suprema dejó firmes las condenas a 8 exfuncionarios de Río Negro por cobro de sobresueldos (2004-2011). • Dos exministros cumplirán prisión efectiva; el resto, penas condicionales. • El caso marca un hito en la lucha contra la corrupción política.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firmes las condenas por peculado contra ocho exfuncionarios de Río Negro, entre ellos siete exministros, por el cobro de sobresueldos a través de un sistema de pagos irregulares entre 2004 y 2011. La decisión, firmada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, rechazó los recursos extraordinarios presentados por las defensas, al considerar que no refutaban todos los fundamentos de las sentencias previas.
El caso, que se remonta a la gestión del gobernador Miguel Saiz, involucró la distribución de fondos públicos mediante cheques y retiros bancarios fuera de los canales formales de liquidación salarial. Según la investigación, los funcionarios retiraban dinero por ventanilla bancaria y lo distribuían entre autoridades superiores, eludiendo los controles administrativos y dificultando la trazabilidad de los fondos.
Entre los condenados se encuentran César Barbeito y Francisco González, quienes deberán cumplir tres años y medio de prisión efectiva. Otros cinco exministros y un extesorero recibieron penas de dos años y medio, en su mayoría de cumplimiento condicional. El monto total desviado superó los 24 millones de pesos entre 2004 y 2010, según la investigación periodística que dio origen a la causa.
El juicio oral se realizó en 2018 y fue ratificado por el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro en 2020. Con la reciente decisión de la Corte Suprema, la sentencia quedó firme, aunque la ejecución de las penas dependerá de la resolución de eventuales planteos de las defensas y de la recepción formal de la notificación por parte del tribunal de origen.
El gobierno de la época defendió la legalidad de los pagos, argumentando que correspondían a "Dedicación Exclusiva Funcional" y estaban sujetos a control. Sin embargo, la Justicia determinó que no existía norma que avalara estos adicionales y que los fondos fueron sustraídos de la administración pública para ser distribuidos discrecionalmente.
El caso marca un precedente en la lucha contra la corrupción política en la provincia y expone la necesidad de fortalecer los mecanismos de control sobre el manejo de fondos públicos. El desenlace judicial, aunque definitivo, deja abierta la discusión sobre la ejecución efectiva de las penas y el impacto institucional de la causa.
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